Tras una decisión de la Corte Constitucional, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial la Macarena, Cormacarena, expidió una comunicación oficial en la que explica que por cuenta de una declaratoria de inexequibilidad, sus acciones en los municipios y zonas del meta, distintos a La Macarena, solo estarían vigentes hasta el 31 de diciembre de 2018.
En tal sentido, Cormacarena expidió el siguiente comunicado oficial:
Ante la sentencia C-047 del veintitrés (23) de mayo de 2018, proferida por la Corte Constitucional en virtud del expediente No.D-11963 dentro de la acción pública de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Héctor Raúl Franco Roa y con ponencia del Magistrado Dr. Antonio José Lizarazo Ocampo, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial la Macarena Cormacarena, se permite informar que:
- La sentencia C-047 por el cual se pronunció de fondo frente a la demanda de inconstitucionalidad del artículo 103 de la Ley 1737 de 2014 (Ley de Presupuesto), con el cual se amplió la jurisdicción de Cormacarena a la totalidad del Departamento del Meta, concluyendo la Corte que tanto esa disposición como las anteriores contenidas en las leyes anuales de presupuesto que reglamentaron este mismo aspecto, vulneraron principalmente el principio de unidad de materia, al considerar que con éstas no podía modificarse el inciso 2° del artículo 38 de la Ley 99 de 1993, norma por demás de contenido sustantivo y con vocación de permanencia, que establecía la jurisdicción de la Corporación en estricto sentido al área AMEM.
- Debido a que se declaró la inexequibilidad de los artículos integrados normativamente, la Sala aclaró que la jurisdicción de Cormacarena, es la definida por el inciso 2º del artículo 38 de la Ley 99 de 1993 vigente. Por tanto, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 99 de 1993, es Corporinoquia la entidad a la cual le corresponde la jurisdicción sobre el Departamento del Meta, con la excepción del territorio de jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena-La Macarena.
- Los efectos que la Corte definió para esta sentencia de inexequibilidad fueron diferidos y por consiguiente, solo empezarán a regir a partir del 1º de enero de 2019. Sin embargo, en procura de la protección del medio ambiente, la confianza legítima y los derechos adquiridos, entre estos, los laborales y la correcta administración de los recursos públicos, la inexequibilidad dispuesta en esta sentencia no afecta las situaciones jurídicas consolidadas, los derechos adquiridos, entre estos los laborales, ni los demás efectos jurídicos previos derivados de las normas en estudio.
- Es importante aclarar que todos los actos expedidos y que expida Cormacarena hasta el 31 de diciembre de 2018, gozan de total validez y legalidad, así mismo Cormacarena continuará su gestión ambiental para el cumplimiento del Plan de Acción Institucional y su ejercicio como Autoridad Ambiental en el Meta.
- Es preciso indicar a la comunidad en general que esta Corporación ha actuado en todo momento en el marco de sus funciones legales y continuará haciéndolo, en la totalidad del Departamento del Meta, hasta que surta efectos jurídicos la sentencia en mención.
- De igual manera, Cormacarena continuará aunando esfuerzos institucionales con el firme propósito de evitar traumatismo alguno a la comunidad en pleno y de continuar administrando y protegiendo los recursos naturales del Departamento del Meta.